El detalle que puede frenar tu trámite PAC (y que casi nadie te cuenta)
Por Julio Vladimir León Luperón — LawPeron Abogados

¿Tienes una oferta de trabajo en España con un buen salario y no sabes qué trámite te corresponde? Si tu perfil es de alta cualificación, es muy probable que no necesites pasar por el proceso extenso y complejo de un visado de trabajo estándar. Existe una vía pensada exactamente para tu caso: la autorización de residencia para Profesionales Altamente Cualificados (PAC).
Es habitual escuchar hablar de 'visado PAC', pero en realidad se trata de una autorización de residencia y trabajo: el 'visado' propiamente dicho solo entra en juego si el solicitante se encuentra fuera de España, como el documento que hay que solicitar en el consulado correspondiente. Por eso, en este artículo hablamos de trámite o autorización PAC.
En LawPeron hemos gestionado con éxito este tipo de autorizaciones para profesionales de la salud, incluyendo casos en los que el titular pudo incorporar además en el mismo proceso a su cónyuge e hijos. Te contamos cómo funciona.
¿Qué es la autorización PAC?
Es una residencia y autorización de trabajo pensada para incorporar talento extranjero cualificado a empresas españolas, regulada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. A diferencia de la Golden Visa, no requiere ninguna inversión económica — el único requisito de fondo es tener un contrato de trabajo firmado con una empresa en España.
¿Quién puede optar a ella?
Necesitas, fundamentalmente:
• Un contrato de trabajo indefinido con una empresa española, con un puesto y funciones claramente definidas.
• Un salario bruto anual igual o superior a 1,4 veces la ganancia media anual bruta por trabajador, según la Encuesta Anual de Estructura Salarial del Instituto Nacional de Estadística (INE) — este es el criterio legal exacto, no una cifra fija, así que conviene comprobar cada año cuál es el umbral actualizado. Ten en cuenta que, al momento de la publicación de este artículo (16/09/2026), el importe total requerido es de 41.356,36 €.
• Un título o cualificación que acredite tu perfil profesional (en el caso de profesiones reguladas, como la medicina, el título debe estar homologado). Si es una profesión colegiada, como medicina o ingeniería, se requiere además la colegiación previa.
• Certificado de antecedentes penales, correctamente legalizado o apostillado.
• Seguro médico público o privado que cubra las mismas prestaciones que la sanidad pública española (5 pagos).
Una ventaja clave: puedes pedirlo estando en España o desde el extranjero
A diferencia de otras vías de regularización, que exigen encontrarte fuera de España o cumplir plazos mínimos de residencia previa, el trámite PAC está pensado para tramitarse tanto si ya estás en España como si todavía no has llegado:
• Si estás fuera de España, la solicitud se presenta igualmente ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), y una vez concedida, solicitas el visado de entrada correspondiente en el consulado español de tu país.
• Si ya estás en España, puedes solicitarlo sin salir del país, siempre que en ese momento te encuentres en situación regular.
Esta doble vía es uno de los mayores beneficios del trámite PAC frente a otras formas de regularización, y es la razón por la que muchos profesionales que ya están en España — por ejemplo con un visado de estudios o como turistas — optan por esta autorización en cuanto consiguen una oferta de trabajo que cumple los requisitos, sin tener que salir del país para tramitarla.
Documentación que hay que preparar
Por parte del trabajador: solicitud oficial, pasaporte completo, contrato de trabajo, antecedentes penales legalizados, seguro médico, justificante de la tasa correspondiente, título homologado (si aplica), CV actualizado.
Por parte de la empresa contratante: NIF, escritura de constitución, poder del representante legal para firmar la solicitud, perfil detallado del puesto de trabajo, y documentos que acrediten la solvencia económica de la empresa (declaración del IVA, Impuesto de Sociedades, certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social).
Un detalle que muchos pasan por alto: la estancia regular en el momento de la solicitud

Hay un punto que, por experiencia propia, genera más de un susto innecesario: si presentas la solicitud desde España, tienes que poder acreditar que te encuentras en situación regular en ese momento. Esa situación regular se puede acreditar, fundamentalmente, por alguna de estas tres vías:
1. Residencia — cualquier autorización de residencia (y/o trabajo) que tengas vigente en un régimen distinto al PAC.
2. Estancia — una situación de estancia regular, por ejemplo como turista (dentro de los 90 días permitidos) o como estudiante.
3. Visado — un visado vigente que te permita permanecer legalmente en España en el momento de la solicitud.
Si no puedes acreditar ninguna de estas tres opciones, o la documentación inicial no es suficiente, Extranjería emite un requerimiento pidiéndote que lo justifiques — normalmente con el sello de entrada en el pasaporte, una declaración de entrada ante la policía, la tarjeta de embarque o un certificado de la propia aerolínea del vuelo de entrada. Y aquí está lo importante: solo tienes 10 días desde la notificación para responder. Si no lo haces a tiempo, se considera que has desistido de tu solicitud y el expediente se cierra.
Es un contratiempo perfectamente solucionable si reaccionas a tiempo — pero mejor evitarlo desde el principio. Por eso, si estás pensando en pedir el PAC desde España, guarda siempre tu tarjeta de embarque y cualquier prueba de cómo y cuándo entraste al país, aunque en ese momento no pienses que la vas a necesitar.
Novedades importantes para 2026
Con el nuevo Reglamento de Extranjería en vigor desde mayo de 2025, la tramitación de la PAC es ahora 100% electrónica, permite combinar trabajo presencial en España con trabajo remoto desde el extranjero, y amplía la reagrupación familiar — justo el punto que más preguntan nuestros clientes.
¿Cuánto tarda?
Uno de los grandes atractivos de esta autorización es la rapidez: se resuelve en apenas 20 días hábiles, un plazo muy inferior al de otros trámites de extranjería. Una vez concedida, la autorización produce plenos efectos de inmediato, aunque hay que solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) dentro del mes siguiente a la concesión.
¿Tienes una oferta de trabajo en España y no sabes si calificas?
Cada caso es distinto — el salario, el puesto, si estás dentro o fuera de España y la situación de tu familia influyen en cómo se prepara el expediente. Si tienes una oferta de trabajo o estás valorando una, escríbenos y lo revisamos contigo.
Escríbenos por WhatsApp al 613 856 305.





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