Arraigo de segunda oportunidad: una nueva vía de residencia para quienes perdieron su permiso en España
- JULIO V LEON LUPERON
- 3 nov
- 2 Min. de lectura

Con la aprobación del Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, el sistema de extranjería español incorpora una figura innovadora: el arraigo de segunda oportunidad, pensada para quienes residieron legalmente en España y perdieron su autorización por causas justificadas.
Analizamos el origen, finalidad y sentido práctico del arraigo de segunda oportunidad, como punto de partida de una serie de artículos en los que explicaremos también los requisitos legales y el procedimiento paso a paso para tramitarlo con éxito.
Un nuevo paso del legislador hacia la realidad social
El Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre) ha traído consigo una importante novedad: el “arraigo de segunda oportunidad”, recogido en el artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de Extranjería.
Esta nueva figura supone una respuesta realista del legislador ante una situación frecuente: personas extranjeras que habían residido legalmente en España, pero perdieron su autorización por causas ajenas a su voluntad, como dificultades administrativas, imposibilidad de renovar durante la pandemia o falta de colaboración del empleador.
¿Qué es el arraigo de segunda oportunidad?
El arraigo de segunda oportunidad es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, que puede concederse a extranjeros que:
hayan tenido previamente una autorización de residencia (no excepcional);
la hayan perdido dentro de los dos años anteriores a la solicitud;
y cuya renovación no se denegó por motivos de orden público, seguridad o salud pública.
En otras palabras, se trata de una segunda oportunidad legal para quienes, habiendo vivido y trabajado en España de forma regular, vieron extinguirse su permiso por razones administrativas o personales justificadas.
Una figura pensada para casos reales
Hasta ahora, solo los titulares de residencias de larga duración o permanentes podían recuperar su estatus si lo perdían. Con esta reforma, el legislador abre la puerta también a quienes tenían residencias temporales, mostrando una voluntad más flexible y adaptada a la realidad social.
En la práctica, esto beneficiará a muchos trabajadores y trabajadoras, especialmente del hogar, que no pudieron acudir a renovar su autorización por no disponer del día libre o por dificultades derivadas del sistema de cita previa.
Un reconocimiento a la integración previa
El arraigo de segunda oportunidad reconoce el vínculo previo del extranjero con España y la buena fe en su relación con la Administración. No se trata de empezar desde cero, sino de reconstruir una situación legal perdida por causas justificadas.
Además, la norma contempla la posibilidad de solicitarlo incluso si el extranjero tuvo una sanción o procedimiento previo, siempre que exista una sentencia absolutoria, sobreseimiento o resolución favorable.
Una medida con impacto humano y jurídico
La medida supone un avance importante en materia de extranjería, al equilibrar el rigor administrativo con la comprensión de situaciones personales reales. Es un paso hacia una política migratoria más humana, integradora y coherente con la experiencia de miles de personas que han desarrollado su vida en España.
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Julio Vladimir León Luperón
Abogado. Socio fundador de LawPeron Abogados




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